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Se reduce base imponible para IRP

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El Impuesto a la Renta Personal (IRP) empezó a utilizarse en el 2012 con las personas con entradas superiores a 120 salarios mínimos, al siguiente año tuvo alcance a los que ga­nan más de 108 salarios mínimos, luego los de 96 salarios y el año pasado para los que ganan 84 sa­larios mínimos. A partir de este año las personas físicas cuyos in­gresos superen los 72 sa­larios mínimos, durante el ejercicio, deber&a
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Vicente Meza M.
5dias
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Los que ganan más de 120 salarios mínimos liquidan el impuesto con una tasa del 10% y los demás, del 8%.

INGRESOS

Las ingresos que se tie­nen en cuenta para pa­gar este impuesto son los salarios, sueldos, sobre­sueldos, jornales, horas extras, participaciones, asignaciones, honorarios y demás remuneraciones personales.

Asimismo, el IRP se aplica al 50% de los di­videndos, utilidades y/o excedentes distribuidos a los socios o accionistas de las empresas, ganan­cias de capital por venta ocasional de inmuebles y otros ingresos que sean de carácter personal y no paguen otros impuestos a la renta (Iracis, Iragro, IRPC).

RANGO

El rango de alcance va disminuyendo cada año y alcanza a más personas o profesionales, por ejem­plo técnicos, deportistas, artistas, profesionales universitarios, despa­chantes de Aduanas, co­misionistas, trabajadores en relación de dependen­cia, personas que desem­peñen cargos públicos, permanentes o contrata­dos, escribanos, albaceas, rematadores, entre otros, aún si están inscriptos como contribuyentes del impuesto al valor agrega­do (IVA).

Mientras que sociedades simples (estudios jurí­dicos, contables y otros) ingresan como contri­buyentes sin importar el monto de sus ingresos.

A TENER EN CUENTA

Tributación insta a los que aún no lo han hecho a que se acerquen a cual­quiera de las oficinas ha­bilitadas para dar cumpli­miento a esta obligación, ya que aquellos contribu­yentes que sean inscrip­tos de oficio serán sancio­nados con una multa de G 1.221.000.

DATOS

Según datos de la Sub­secretaría de Estado de Tributación (SET), hasta octubre del año pasa­do estaban registrados 32.833 contribuyentes en el IRP.

Al mes de noviembre, la SET llevaba recaudado en concepto de IRP un total de G. 125.186 millones.

Cómo liquidar el IRP

A fin de facilitar la inscripción al IRP y la liquidación del mismo, se enumeran cuatro sencillos pasos que debe seguir el contribuyente:

1- Una vez alcanzado el monto incidido, las personas tienen un plazo de 30 días hábiles para inscribirse. En caso de ya ser contribuyente de algún otro impuesto, se deben actualizar los datos.

2- En ese momento es entregado a cada contribuyente la clave de acceso para la utilización del sistema Ma­rangatu, en caso de no contar aún con el mismo.

3- Las declaraciones juradas deben ser presentadas por medio del formulario 104, únicamente a través del Sis­tema Marangatu, para lo cual es necesario contar con la clave de acceso.

4- Los pagos pueden realizarse de manera electrónica o por medio de plataformas, como Aquí Pago y Pago Ex­press.
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