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FISCALES ANTICORRUPCION IMPUTARON A SANDRA MCLEOD Y JAVIER ZACARIAS IRUN POR DECLARACIÓN FALSA

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FISCALES ANTICORRUPCION IMPUTARON A SANDRA MCLEOD Y JAVIER ZACARIAS IRUN POR DECLARACIÓN FALSA

Los agentes fiscales Rene Fernández, Josefina Aghemo, y Luis Said, Agentes Fiscales, asignados a la Unidad Especializada en Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo, y a la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción N°7 y 4, respectivamente, designados para intervenir en la causa Nº281/2018, caratulada: “Investigación Fiscal s/ enriquecimiento ilícito en la función pública y otros hechos punibles” presentaron imputación por Declaración falsa contra Sandra McLeod y Javier Zacarias Irun.

La conducta atribuida a la Sra. SANDRA MCLEOD de ZACARIAS consistente en la presentación de declaraciones juradas de bienes y rentas ante la C.G.R. con datos que no se ajustarían a la realidad, sería penalmente relevante respecto a las disposiciones de los Artículos 243 inciso 1º, en concordancia con el artículo 29 Inc. 1° del C.P. y La conducta atribuida al Sr. ERNESTO JAVIER ZACARIAS IRUN
consistente en la presentación de declaraciones juradas de bienes y rentas ante la
C.G.R. con datos que no se ajustarían a la realidad, sería penalmente relevante respecto a las disposiciones de los Artículos 243 inciso 1º, en concordancia con el artículo 29 Inc. 1° del C.P.

Descripción de los hechos investigados

En el año 2006 la Lic. Sandra McLeod, fue electa como Concejal Municipal de Ciudad del Este. El 01 de octubre de 2007, por resolución N° 597/2007 JM, fue designada por la Junta Municipal de esa ciudad como Intendenta municipal, en reemplazo de su cónyuge Ernesto Javier Zacarías Irún, quien renunció al cargo. Luego, el 09 de noviembre de 2010, Sandra McLeod de Zacarías fue proclamada como Intendente municipal de Ciudad del Este, por el periodo 2010-2015, según A.I. N° 155 de fecha 09 de noviembre de 2010, dictado por el Tribunal Electoral de Alto Paraná y Canindeyú.

El 04 de agosto de 2015, Sandra McLeod presentó su declaración jurada de bienes y rentas a la Contraloría General de la República, siendo el motivo de su presentación la baja del cargo de intendente municipal. En ese sentido, declaró los sgtes activos.

TOTAL ACTIVO: G. 6.446.864.296.
TOTAL PASIVO: G. 0.
PATRIMONIO NETO: G. 6.446.864.296.

  • Ingresos mensuales:
    Remuneración: G. 16.000.000.
    Alquileres: G. 41.000.000.
    Total: G. 57.000.000.
  • Ingresos anuales:
    Alquileres: G. 492.000.000.
    Otros (salarios): G. 192.000.000.
    Total: G. 684.000.000.

En el año 2015, fue reelecta en ese cargo para el periodo 2015-2020, según el A.I. N° 151 de fecha 20 de noviembre de 2015, dictado por el Tribunal Electoral de Alto Paraná y Canindeyú.

Es así que, el 30 de diciembre de 2015, al asumir nuevamente el cargo de Intendente Municipal de Ciudad del Este, Sandra McLeod presentó a la Con￾traloría General de la República su declaración jurada de bienes y rentas. En esa oportunidad, declaró los siguientes activos.

TOTAL ACTIVO: G. 6.696.864.296.
TOTAL PASIVO: G. 0.
PATRIMONIO NETO: G. 6.696.864.296.

Ingresos mensuales:
Remuneración: G. 16.000.000.
Alquileres: G. 41.000.000.
Total: G. 57.000.000.

  • Ingresos anuales:
    Alquileres: G. 492.000.000.
    Otros (salarios): G. 192.000.000.
    Total: G. 684.000.000.

El 09 de enero de 2018, la entonces intendente de la Municipalidad de Ciudad del Este, Sandra McLeod de Zacarías presentó una nota al Contralor Ge￾neral de la República, en la que comunicó la venta de dos propiedades, la Finca N° 9386 de Ciudad del Este y el lote 21, con cta. cte. ctral. N° 26-1891-32 de Ciudad del Este. La primera propiedad, ubicada en el km. 12, lado Acaray de Ciudad del
Este, fue vendida el 10 de agosto de 2016 al señor Alberto Rodríguez. La transferencia del dominio de la propiedad se haría una vez abonado el último pago estipulado en el contrato suscrito con el comprador. Luego, el 07 de marzo de 2017, cedió sus acciones sobre la segunda propiedad, también a Alberto Rodríguez.

El 29 de agosto de 2018, Sandra McLeod presentó una rectifica￾ción de la declaración jurada de bienes y rentas presentada en el 30 de diciembre de 2015, a la Contraloría General de la República. El motivo de la rectificación fue que la cuenta a cobrar se declaró por un error, pues esta no existiría. En la rectificación.

ACTIVO

  • Efectivo en Guaraníes: 535.000.000

TOTAL ACTIVO: G. 6.581.864.296.
TOTAL PASIVO: G. 0.
PATRIMONIO NETO: G. 6.581.864.296.

Ingresos mensuales:
Remuneración: G. 16.000.000.
Alquileres: G. 41.000.000.
Total: G. 57.000.000.

  • Ingresos anuales:
    Alquileres: G. 492.000.000.
    Otros (salarios): G. 192.000.000.
    Total: G. 684.000.000

El 08 de octubre de 2018, Sandra McLeod rectificó la declaración jurada de bienes y rentas presentada a la Contraloría General de la República en fecha 29 de agosto de 2018. El motivo fue que habría declarado un inmueble que fue vendido con anterioridad. En la rectificación se expuso lo siguiente

TOTAL ACTIVO: G. 6.365.864.296.
TOTAL PASIVO: G. 0.
PATRIMONIO NETO: G. 6.365.864.296.

  • Ingresos mensuales:
    Remuneración: G. 16.000.000.
    Alquileres: G. 41.000.000.
    Total: G. 57.000.000.
  • Ingresos anuales:
    Alquileres: G. 492.000.000.
    Otros (salarios): G. 192.000.000.
    Total: G. 684.000.000.

La Dirección General de los Registros Públicos, informó que Sandra María McLeod de Zacarías es titular de otros inmuebles más y además, la Sra. Sandra McLeod de Zacarías no habría consignado en las declaraciones juradas de bienes y rentas rectificativas correspondientes al año 2018, como pasivo, el préstamo N°1423096 de la Cooperativa Universitaria Ltda., con fecha de concesión el 23 de mayo de 2018, por el monto de G. 500.000.000, plazo de 12 meses, cuyo monto de la cuota G. 44.028.677, que se encuentra activo, según el informe remitido por la citada cooperativa.-

Por otra parte en fecha 13 de julio de 2018, Ernesto Javier Zacarías Irún presentó su declaración jurada de bienes y rentas a la Contraloría General de la República, al asumir el cargo de Senador Nacional. Así, declaró lo siguiente:–

ACTIVO

  • Efectivo en Guaraníes: G. 5.994.737.745
    Total Activo: G. 23.754.947.259.
    Total Pasivo: G. 3.019.314.716.
    Patrimonio neto: G. 20.735.632.543. El 01 de agosto de 2018, Ernesto Javier Zacarías Irún, rectificó la declaración jurada de bienes y rentas presentadas a la Contraloría General de la República, en los siguientes términos:

ACTIVO

  • Efectivo en Guaraníes: G. 5.134.670.666

INGRESOS Y EGRESOS

  • Ingresos mensuales:
    Honorarios: G. 66.500.000.
    Alquileres: G. 95.000.000.
    Otros: G. 25.000.000.
    Remuneración: G. 32.774.000.

Total de ingresos mensuales: G. 219.274.000.

  • Ingresos anuales: Aguinaldo: G. 32.774.000.
  • Egresos mensuales: Alimentación, vestimenta, educación, servicios básicos, medicina, personal doméstico, Tv Cable, internet, seguro médico seguro
    de vehículo, gastos familiares: G. 89.990.000.

El Sr. Ernesto Javier Zacarías Irún, el 29 de agosto de 2018, rectificó, por segunda vez, la declaración jurada de bienes y rentas presentadas a la Contraloría General de la República. Asimismo en fecha 12 de setiembre de 2018, el Sr. Ernesto Javier Zacarías Irún, nuevamente rectificó la declaración jurada de bienes y rentas presentadas a la Contraloría General de la República . En fecha 03 de octubre de 2018, nuevamente rectificó la declaración jurada de bienes y rentas presentadas a la Contraloría General de la República.

Sin embargo, en la declaración jurada de bienes y rentas, presentada ante la Contraloría General de la República en fecha 13 de julio de 2018, dos departamentos supuestamente adquiridos por Ernesto Javier Zacarías Irún no fueron declarados, del cual se cuenta con informes.

De igual forma, antes de la presentación de las declaraciones juradas (original y rectificativa) no fueron declaradas tres cocheras que serían propiedad de Javier Zacarías Irún, según las publicaciones periodísticas.

El 26 de abril de 2017, el señor Ernesto Javier Zacarías Irún aparentemente adquirió el departamento 101 (matrícula 21.366) en el segundo piso del edificio Sollar Pallace Residence, por la suma de R$. 980.333 y el garaje n° 3 (matrícula 21.367) por la suma de R$ 100.000.-

Del facsímil de los documentos publicados por el Diario ABC Color se tiene que el señor Ernesto Javier Zacarías Irún, el 13 de julio de 2018, no habría declarado en la Contraloría General de la República, como bienes el departamento n° 101 con matrícula 21.366, la vaga de garaje 03 con matrícula 21.367 en el Edificio Sollar Pallace Residence; y el departamento n° 402, con matrícula 25.979, y las vagas de garaje 36 (con matrícula 26.038) y 31 (con matrícula 26.033) en el edificio Continental Exclusive Residence, puesto que este solo declaró un departamento en el Brasil, individualizado bajo en número 20.720, y no los bienes citados precedentemente.

Las declaraciones juradas de bienes y rentas de funcionarios y empleados públicos, presentadas a la Contraloría General de la República se efectúan bajo fe de juramento de que los datos consignados en ellas son el fiel reflejo de la situación patrimonial del declarante, sin omisiones de ninguna índole.–
De ahí que, Sandra McLeod de Zacarías, Intendente Municipal de Ciudad del Este y Ernesto Javier Zacarías Irún, Senador Nacional, en los formularios de declaraciones juradas de bienes y rentas presentadas a la Contraloría General de la República, y que se detallan párrafos arriba, habrían consignado datos que no se ajustarían a la realidad, puesto que la Lic. Sandra McLeod de Zacarías no
habría declarado como pasivo un crédito concedido por la Cooperativa Universitaria, y Ernesto Javier Zacarías Irún no habría consignado en su declaración jurada de bienes y rentas en las declaraciones rectificativas de esta los vehículos einmuebles citados párrafos.

Medidas Cautelares

Los agentes fiscales, teniendo en cuenta los elementos de sospecha con los que cuenta, estimaron viable la aplicación de medidas alternativas a la prisión preventiva, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 245 del CPP a fin de garantizar la comparecencia de los imputados al proceso, considerando que existen indicios racionales de la comisión de una acción delictiva. Se solicitan también otras medidas cautelares, las cuales se detallan a continuación: prohibición de salida del país; obligación de comparecer ante el Juzgado cada mes; caución real o personal y otras medidas que el Juzgado considere necesarias.

Si el tipo penal permite, la regla dispone que los imputados deben permanecer en libertad durante la tramitación del proceso, sólo excepcionalmente puede ser restringida, cuando se presuma que eludirán la acción de la Justicia, o perturbarán de alguna manera las investigaciones, frustrando los fines del proceso y en el caso en particular, la Fiscalia considera que con la aplicación de las medidas alternativas a la prisión se logrará la sujeción de los imputados al proceso, sal vaguardando su correcta prosecución hasta su culminación.

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