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Ley de Iragro tendrá nuevas modificaciones

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La modificación del Impuesto a la Renta Agropecuaria (Iragro) es un proyecto presentado por los diputados Víctor Ríos (PLRA-Ñeembucú), y José Ledesma (PLRA-San Pedro), el mismo tiene como objetivo cobrar el gravamen solamente a aquellos propietarios de más de 500 hectáreas, o a quienes tengan a su disposición menor cantidad pero su facturación supera a mil salarios mínimos anuales. Informó el sitio web de los dip
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El legislador Ríos explicó que el proyecto aprobado en el Congreso Nacional tenía la intención de recaudar cerca de los 250 millones de dólares anuales, de lo cual, solo se logró unos 40 millones de dólares. La defensa utilizada es la dificultad que tienen para cobrar estos impuestos, haciendo hincapié en las unidades de producción agropecuaria que son muchas.
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Añadió que fueron 110 millones de dólares menos en recaudación.

Hizo referencia al último censo, donde dice que existen 289 mil unidades de producción agropecuaria, de los cuales 282 mil con menos de 500 hectáreas siendo solo el 14 % del negocio agropecuario.

Mientras que los siete mil restantes son los que se fijan en los 86% de toda la producción agropecuaria. Por eso pretenden exonerar a las unidades que tienen menos de 500 hectáreas y centrarse en las que sobran, quienes manejan el negocio agropecuario en gran cantidad y pertenecen a la mayor cantidad de contribuyentes.

“Esto será mucho más equitativo y que desde el punto de vista logístico se le facilitará el trabajo al ministerio de Hacienda a la hora de cobrar los impuestos” agregó.

“Será mucho más fácil cobrar porque el universo de contribuyentes será mucho menor y en vez de 40 millones de dólares vamos a poder recaudar 200 millones de dólares; de paso hacemos un poco de justicia tributaria”, significó.

Los beneficiados con la modificación que pretenden hacer sumarán casi un millón de personas.

Aclaró que el mismo llevará un buen tiempo, porque tiene que estudiarse en la comisiones, especialmente en la de presupuesto. Pero buscarán acelerar para que ingrese en este primer semestre en plenaria de la cámara de Diputados.

La modificación propuesta al artículo 31 se refiere a las empresas unipersonales, siempre que sus ingresos devengados en el año civil anterior sean iguales o superiores a G. 500 millones, y no superen los G. 1.000 millones, podrán liquidar bajo el presente régimen del Iragro anualmente, por declaración jurada, en la forma y condiciones que establezca la administración. 5DIAS

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